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Plataformas Digitales Contribuyen con IGV

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Plataformas Digitales y la Tributación en el Perú

Contexto de la tributación digital en el Perú

Las plataformas digitales que prestan servicios a usuarios ubicados en el Perú forman parte del nuevo enfoque de la administración tributaria para gravar la economía digital. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha implementado un marco normativo que obliga a estas empresas, incluso cuando no tienen domicilio fiscal en el país, a cumplir con el pago de impuestos por los servicios que se consumen en territorio peruano.

¿Qué se considera una plataforma digital?

Se considera plataforma digital a toda empresa que ofrece servicios o bienes intangibles a través de internet, cuya prestación depende esencialmente de la tecnología digital y no requiere presencia física en el país. Entre estos servicios se encuentran el streaming de video y música, publicidad digital, almacenamiento en la nube, uso de software, intermediación digital, aplicaciones móviles, videojuegos en línea y suscripciones digitales.

Aplicación del IGV a los servicios digitales

Las plataformas digitales que brindan servicios a personas naturales en el Perú están sujetas al Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18%. Este impuesto no es nuevo; sin embargo, a partir de la implementación de mecanismos de recaudación más efectivos, la SUNAT exige que dichas plataformas perciban el IGV directamente del consumidor y lo declaren mensualmente ante la administración tributaria.

Inscripción en el RUC de plataformas no domiciliadas

La SUNAT ha habilitado un procedimiento especial para que las plataformas digitales no domiciliadas puedan inscribirse en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de manera virtual. Este registro no implica la constitución de una empresa en el Perú, pero sí genera la obligación de declarar y pagar el IGV correspondiente por los servicios digitales consumidos en el país.

Plataformas digitales que ya contribuyen en el Perú

Actualmente, diversas plataformas digitales internacionales ya se encuentran inscritas en el RUC y cumplen con sus obligaciones tributarias ante la SUNAT. Entre ellas se encuentran servicios de streaming como Netflix, Spotify y Disney+, plataformas tecnológicas como Google, Meta, Apple y Microsoft, aplicaciones de videoconferencias, marketplaces digitales, servicios de publicidad online y plataformas de intermediación turística y de alojamiento.

Impacto en los usuarios peruanos

Para los usuarios peruanos, la aplicación del IGV en servicios digitales se refleja directamente en el precio final del servicio contratado. El consumidor no está obligado a realizar ningún trámite adicional, ya que la plataforma digital actúa como agente de percepción del impuesto y se encarga de declarar y pagar el tributo ante la SUNAT.

Beneficios para el sistema tributario peruano

La incorporación de las plataformas digitales al sistema tributario peruano permite una mayor equidad fiscal, ya que equipara las condiciones entre proveedores nacionales y extranjeros. Asimismo, fortalece la recaudación del Estado y contribuye a la formalización de la economía digital, generando mayores recursos para el desarrollo del país.

Relación con la UIT vigente

El cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como la aplicación de multas e infracciones relacionadas con servicios digitales, se encuentra vinculada al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Para el año 2026, la UIT asciende a S/ 5,500, valor que sirve como referencia para sanciones, límites y otros aspectos tributarios administrados por la SUNAT.

3 Commentarios

Jaime Hinostroza 01 Enero 2026

¿Las plataformas digitales extranjeras están obligadas a pagar impuestos en el Perú?

PUNTO CONTABLE 02 Enero 2026

Sí. Las plataformas digitales extranjeras que prestan servicios utilizados por personas ubicadas en el Perú están obligadas a cumplir con las disposiciones tributarias establecidas por la SUNAT. Actualmente, estas empresas deben percibir el Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18% y declararlo mensualmente, aun cuando no cuenten con domicilio fiscal en el país.

Doris Guevara 05 Enero 2026

¿El usuario peruano debe declarar o pagar el IGV por los servicios digitales que consume?

PUNTO CONTABLE 06 Enero 2026

No. El usuario final no tiene la obligación de declarar ni pagar el IGV de manera directa. La plataforma digital actúa como agente de percepción, incluyendo el impuesto en el precio del servicio y realizando el pago correspondiente ante la SUNAT, sin que el consumidor tenga que efectuar trámites adicionales.

Herlinda Huamani 07 Enero 2026

¿Qué sucede si una plataforma digital no cumple con sus obligaciones tributarias ante la SUNAT?

PUNTO CONTABLE 08 Enero 2026

El incumplimiento de las obligaciones tributarias puede generar sanciones, multas e intereses, los cuales se calculan en función de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Para el año 2026, la UIT es de S/ 5,500, valor que sirve como base para determinar las penalidades aplicables según la normativa vigente.

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