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IGV Plataformas Digitales

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IGV del 18% en Plataformas Digitales y Negocios Digitales en el Perú

IGV – 18% a los servicios digitales y plataformas tecnológicas

En los últimos años, la economía digital ha crecido de manera significativa en el Perú. Como resultado, la SUNAT ha incorporado nuevas disposiciones para gravar con el Impuesto General a las Ventas (IGV – 18%) a los servicios digitales y plataformas tecnológicas, así como a los ingresos generados por los negocios digitales, tanto nacionales como extranjeros.

Este marco normativo busca garantizar la equidad tributaria y formalizar las operaciones realizadas en el entorno digital.

¿Qué se considera una plataforma digital?

Se consideran plataformas digitales a los sistemas tecnológicos que permiten a los usuarios contratar, consumir o intermediar servicios y bienes a través de internet. Entre las más comunes se encuentran:

Entre las principales plataformas digitales alcanzadas por el IGV se encuentran:

  • Plataformas de streaming de video, música y otros contenidos de entretenimiento.
  • Plataformas de publicidad digital y servicios de marketing en línea.
  • Aplicaciones de intermediación de servicios, como movilidad, delivery y alojamiento.
  • Plataformas de suscripción y prestación de servicios en la nube.
  • Marketplaces y aplicaciones destinadas a la venta de bienes a través de canales digitales.

Aplicación del IGV del 18% a los servicios digitales

En el Perú, los servicios digitales utilizados económicamente en el país se encuentran gravados con el IGV del 18%, incluso cuando el proveedor del servicio es una empresa no domiciliada.

Principales criterios de afectación:

  • El servicio digital es consumido o utilizado en el territorio nacional.
  • El usuario o cliente se encuentra domiciliado en el Perú.
  • El pago se realiza mediante tarjetas de crédito, débito u otros medios vinculados al sistema financiero peruano.

En estos casos, el IGV es recaudado directamente por:

  • Las plataformas digitales inscritas en SUNAT, o
  • Las entidades financieras, mediante el mecanismo de retención.

IGV e ingresos de los negocios digitales domiciliados en el Perú

Los negocios digitales peruanos que generan ingresos por la venta de bienes o la prestación de servicios a través de internet están obligados a:

  • Emitir comprobantes de pago electrónicos.
  • Declarar y pagar el IGV del 18% mediante el PDT o formulario correspondiente.
  • Registrar correctamente sus operaciones en los libros electrónicos.
Esto incluye actividades como:
  • Venta online de productos.
  • Servicios profesionales digitales.
  • Cursos, asesorías y capacitaciones virtuales.
  • Desarrollo de software y servicios tecnológicos.

Plataformas digitales extranjeras y retención del IGV

Cuando una plataforma digital extranjera presta servicios a personas naturales o empresas en el Perú, el IGV se recauda mediante un sistema de retención, aplicado principalmente por:

  • Bancos y entidades emisoras de tarjetas.
  • Otros intermediarios financieros designados por SUNAT.

Consecuencias de no cumplir con el IGV digital

El incumplimiento de las obligaciones vinculadas al IGV en negocios digitales puede generar:

  • Multas tributarias.
  • Intereses moratorios.
  • Fiscalizaciones por parte de SUNAT.
  • Pérdida de crédito fiscal.
  • Riesgos de contingencias tributarias futuras.

Por ello, es fundamental contar con una adecuada planificación tributaria digital.

Recomendaciones para negocios digitales

  • Verificar si tus servicios están afectos al IGV.
  • Identificar correctamente si eres proveedor domiciliado o no domiciliado.
  • Emitir comprobantes electrónicos conforme a ley.
  • Declarar oportunamente tus impuestos.
  • Asesorarte con un estudio contable especializado en tributación digital.

Conclusión

El IGV del 18% aplicado a las plataformas digitales y a los ingresos de los negocios digitales representa un paso importante hacia la formalización de la economía digital en el Perú. Cumplir correctamente con estas obligaciones no solo evita sanciones, sino que fortalece la sostenibilidad y crecimiento de los negocios en el entorno digital.

Un adecuado asesoramiento contable y tributario es clave para operar de forma segura y eficiente en el mundo digital.


3 Commentarios

Jaime Hinostroza 01 Enero 2026

¿Todas las plataformas digitales están afectas al IGV del 18% en el Perú?

PUNTO CONTABLE 02 Enero 2026

No todas las plataformas digitales están automáticamente afectas al IGV. El impuesto se aplica cuando el servicio digital es utilizado o consumido económicamente en el territorio peruano. Esto incluye tanto a plataformas domiciliadas como no domiciliadas, siempre que el usuario final se encuentre en el Perú y el servicio califique como gravado según la normativa vigente.

Doris Guevara 05 Enero 2026

¿Quién es responsable de pagar el IGV en los servicios digitales prestados por empresas extranjeras?

PUNTO CONTABLE 06 Enero 2026

En el caso de plataformas digitales no domiciliadas, el IGV es asumido por el usuario en el Perú y generalmente se recauda mediante un mecanismo de retención aplicado por las entidades financieras o por la propia plataforma, según lo establecido por SUNAT. El impuesto suele reflejarse directamente en el importe cobrado al consumidor.

Herlinda Huamani 07 Enero 2026

¿Qué obligaciones tributarias tiene un negocio digital domiciliado en el Perú?

PUNTO CONTABLE 08 Enero 2026

Un negocio digital domiciliado en el Perú debe emitir comprobantes de pago electrónicos, declarar y pagar el IGV correspondiente, llevar sus libros contables electrónicos y cumplir con las demás obligaciones formales establecidas por SUNAT, de acuerdo con el régimen tributario en el que se encuentre inscrito.

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